Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) en República Dominicana: Lo que debes saber
Marzo 8 de 2018¿Quiénes deben pagar el IPI?
Este impuesto aplica a:
- Personas físicas cuyos inmuebles superen un valor conjunto de RD$10,190,833.00.
- Fideicomisos, sin importar el valor de los inmuebles.
Tasa y forma de pago
La tasa del IPI es del 1% sobre el valor excedente del patrimonio gravado. Se paga en dos cuotas semestrales:
- Primera cuota: hasta el 11 de marzo.
- Segunda cuota: hasta el 11 de septiembre.
Exenciones
Algunos inmuebles están exentos del pago del IPI, entre ellos:
- Viviendas de personas mayores de 65 años, si es su único patrimonio inmobiliario.
- Inmuebles rurales y mejoras agropecuarias.
- Propiedades acogidas a leyes especiales, como la Ley 158-01 de Fomento Turístico.
Importancia del IPI en el sector inmobiliario
Para quienes invierten en bienes raíces, conocer el IPI es esencial para una planificación fiscal efectiva. Además, las exenciones pueden representar oportunidades estratégicas para optimizar costos y maximizar rentabilidad.
Si deseas más detalles, puedes consultar la fuente oficial: https://dgii.gov.do/cicloContribuyente/obligacionesTributarias/principalesImpuestos/Paginas/impuestoPatrimonioInmobiliario.aspx
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