Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) en República Dominicana: Lo que debes saber
Marzo 8 de 2018
¿Quiénes deben pagar el IPI en República Dominicana?
El Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) es un tributo que deben pagar ciertos propietarios de bienes raíces en República Dominicana. Conocer sus alcances, tasas y exenciones es clave para quienes invierten en el sector inmobiliario y desean planificar de manera eficiente.
¿A quiénes aplica el IPI?
Este impuesto aplica a:
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Personas físicas cuyos inmuebles superen un valor conjunto de RD$10,190,833.00.
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Fideicomisos, sin importar el valor de los inmuebles incluidos.
Tasa y forma de pago del IPI
La tasa del IPI en República Dominicana es del 1% sobre el valor excedente del patrimonio gravado.
El pago se realiza en dos cuotas semestrales:
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Primera cuota: hasta el 11 de marzo.
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Segunda cuota: hasta el 11 de septiembre.
Exenciones del IPI
Existen casos en los que los inmuebles quedan exentos del pago del IPI:
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Viviendas de personas mayores de 65 años, si es su único patrimonio inmobiliario.
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Inmuebles rurales y mejoras agropecuarias.
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Propiedades acogidas a leyes especiales, como la Ley 158-01 de Fomento Turístico (CONFOTUR).
Importancia del IPI para el sector inmobiliario
El IPI en bienes raíces es un factor clave en la planificación fiscal de inversionistas y propietarios. Comprender cómo funciona y cuáles son las exenciones puede ayudar a optimizar costos y maximizar la rentabilidad en proyectos inmobiliarios.
Para más información oficial sobre este impuesto, visita la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
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